Financiamiento

Asesoría Técnica Educativa

Financiamiento con Fondos de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), para el pago de asesorías, capacitaciones y mediciones de aprendizajes. En el marco de la ley de subvención escolar presencial número 20248 del año 2008, los colegios podrán financiar capacitación, asesorías y evaluaciones con fondos de dicha ley, siempre y cuando, ésta acción se encuentra explicitada en su plan de mejoramiento educativo.

“Artículo 28.- El Ministerio de Educación mantendrá un Registro Público de Personas o Entidades Pedagógicas y Técnicas de Apoyo que prestarán apoyo técnico a los establecimientos educacionales para la elaboración e implementación del Plan de Mejoramiento Educativo de todos los establecimientos que hayan ingresado al régimen de subvención preferencial escolar, para la ejecución del plan de mejoramiento educativo para establecimientos emergentes y en recuperación, y para realizar el Informe de Evaluación de la Calidad

Educativa para los establecimientos en recuperación, sin perjuicio de las demás funciones que le confiere la ley.

Fuente: decreto 235, aprueba reglamento de la ley nº 20.248, que establece una subvención escolar preferencial para niños y niñas prioritarios.

Organismo Técnico de Capacitación

Franquicia Tributaria de Capacitación, a través de nuestro Organismo Técnico de Capacitación (OTEC).

La Franquicia Tributaria es un incentivo tributario que permite a las empresas contribuyentes clasificadas en la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, descontar del pago de impuestos, los gastos relacionados con capacitación y/o evaluación y certificación de competencias laborales, en un monto de hasta el 1% de la planilla anual de remuneraciones imponibles. La empresa puede administrar directamente la franquicia tributaria o hacerlo a través de un Organismo Técnico Intermedio para Capacitación (OTIC) que actúa como ente intermediario ante Sence. La capacitación la puede realizar directamente la empresa, o bien contratando los servicios de un Organismo Técnico de Capacitación (OTEC) acreditado en Sence. En ambos casos el Sence debe aprobar previamente el curso a impartir.

“Fuente: click aquí

Programas de Integración Escolar

Capacitación financiada con recursos del decreto nº 170, programas de integración escolar (PIE):

Capacitación y perfeccionamiento. Los establecimientos cuentan con autonomía para decidir los contenidos y estrategias de perfeccionamiento, de acuerdo con las necesidades que presente la Comunidad Escolar. El criterio principal que se debe tener en cuenta para la toma de decisiones es el desarrollo de capacidades para dar respuesta a la diversidad y a las NEE. Por ejemplo: cursos de lengua de señas a toda la comunidad educativa, estrategias de atención a la diversidad en el aula, trabajo colaborativo y gestión eficaz, didácticas con foco en la diversidad, etc. Con estos recursos no se podrán financiar doctorados ni magíster.

“Fuente: Orientaciones para la implementación del decreto nº 170 en programas de integración escolar ley nº 20.201 – decreto nº 170″

FAEP

Financiamiento con Fondos de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), para el pago de asesorías, capacitaciones y mediciones de aprendizajes.

En el marco de la ley de subvención escolar presencial número 20248 del año 2008, los colegios podrán financiar capacitación, asesorías y evaluaciones con fondos de dicha ley, siempre y cuando, ésta acción se encuentra explicitada en su plan de mejoramiento educativo.

“Artículo 28.- El Ministerio de Educación mantendrá un Registro Público de Personas o Entidades Pedagógicas y Técnicas de Apoyo que prestarán apoyo técnico a los establecimientos educacionales para la elaboración e implementación del Plan de Mejoramiento Educativo de todos los establecimientos que hayan ingresado al régimen de subvención preferencial escolar, para la ejecución del plan de mejoramiento educativo para establecimientos emergentes y en recuperación, y para realizar el Informe de Evaluación de la Calidad

Educativa para los establecimientos en recuperación, sin perjuicio de las demás funciones que le confiere la ley.

Fuente: decreto 235, aprueba reglamento de la ley nº 20.248, que establece una subvención escolar preferencial para niños y niñas prioritarios.

Mercado Público

Mercado Público es la plataforma transaccional administrada por ChileCompra a través de la cuál más de 850 organismos públicos compran productos y servicios a empresas de todos los tamaños y de todo el país.

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